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Muchos de los resaltes en las vías públicas no cumplen la normativa un año después de la entrada en vigor

09.10.2011 23:14

Muchos de los resaltes en las vías públicas no cumplen la normativa un año después de la entrada en vigor
Actualizado a las 19:00 h 09/10/2011
Hace un año se terminó la moratoria del Ministerio de Fomento para las administraciones propietarias de las vías públicas adecuar los dispositivos de reducción de velocidad y las bandas transversales a la nueva normativa. A estas alturas, la mayoría de estos resaltes instalados en calles y carreteras siguen igual, sólo algunos de nueva construcción se adaptan a la normativa.
Según la normativa, en el caso de los pasos de peatones, deben tener una altura de 10 cm, una longitud de 4 metros y la longitud de la rampa debe ser de entre uno y dos metros y medio según se trate de una zona señalizada a 30 km / ho de 50 km / h.



En el caso de los resaltes semicirculares deben tener una altura máxima de 6 cm y una longitud mínima de 4 metros.


Y los reductores prefabricados sólo pueden tener 3 cm de altura y un máximo de 60 cm de longitud.


Además, deben estar debidamente señalizados, tanto vertical como horizontalmente, y estar situados entre 50 y 200 metros, el uno del otro.

Legalmente, todos los que no se adapten a la normativa serán considerados obstáculos y, por tanto, deberán ser retirados lo antes posible para que los haya colocado, además de ser el responsable de los daños o accidentes que puedan causar.

En este sentido, la fiscalía de Seguridad Vial aconsejó que "resulta mucho más rentable adaptar estos resaltes en la legalidad que pagar indemnizaciones" por posibles accidentes con dinero procedente del erario público, ya que una vez concluido el plazo de adaptación establecido por Fomento, cualquier ciudadano que tenga ningún contratiempo puede denunciar por el estado del resalte.

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Fdo: Carles Pérez Bertrán. TV3

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